Coordinador académico: Dr. Gustavo Vargas Sánchez

El Objetivo general: del CEEGEM es estudiar y analizar el desempeño microeconómico de las grandes empresas en México. Con esta actividad busca generar conocimiento en el campo de la microeconomía y la historia económica de la empresa, el cual pueda servir para profesores, investigadores, en sus actividades y en la formación de los estudiantes. Esta información y análisis también puede ser de utilidad para profesionistas interesados en la dinámica de crecimiento de las grandes empresas y corporaciones en nuestro país Objetivos particulares: 1. Realizar investigación sobre el origen y formación de las grandes empresas en México, así como de las familias empresariales en nuestro país. 2. Investigar y analizar el comportamiento de las Grandes Empresas Mexicanas: sus estrategias de crecimiento. 3. Organizar y sistematizar las fuentes documentales relacionadas con las empresas y familias empresariales. 4. Formular explicaciones del papel que las familias empresariales tienen en las grandes empresas mexicanas y en su desempeño. 5. Analizar las relaciones productivas y financieras entres las empresas y las organizaciones financieras financieros, en términos del crecimiento de las corporaciones nacionales.

El blog del CEEGEM tiene como objetivo: Difundir la información, noticias y los análisis relevantes de las actividades y estrategias competitivas de las empresas y corporaciones que operan en el mercado nacional. Se busca construir un espacio de análisis y debate para los profesores e investigadores cuyo objetivo coincida con el CEEGEM, destacando como objeto de análisis el crecimiento y las estrategias competitivas de las empresas en el mercado mexicano. Analizar desde un enfoque de la teoría de la empresa, la competencia, de la microeconomía, la historia, la organización, y los procesos evolutivos.

Se agradece al Proyecto PAPIIT: Los determinantes de la inversión e inversión en innovación de las grandes Empresas Mexicanas. Clave: IN306413


viernes, 19 de septiembre de 2014

Televisa pierde pelea para salir de preponderancia; El Financiero 18/09/2014

Televisa pierde pelea para salir de preponderancia

El IFT informó que ha enfrentado 18 juicios de amparo promovidos por empresas de Grupo Televisa contra la resolución de preponderancia en radiodifusión, mismos que el Instituto obtuvo sentencia favorable.
Redacción
18.09.2014 Última actualización 18.09.2014
[Grupo Televisa también promovió una medida cautelar ante el Tribunal Superior de Justicia del DF/Bloomberg] 
[Grupo Televisa también promovió una medida cautelar ante el Tribunal Superior de Justicia del DF/Bloomberg]
Grupo Televisa perdió los 18 juicios de amparo que promovió para salir de la definición de agente económico preponderante en el sector de radiodifusión que le impuso el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en marzo pasado, de acuerdo con un comunicado del regulador.

“En todos los casos este órgano regulador ha obtenido sentencia favorable”, dijo el IFT.

Los recursos se presentaron ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el cual resolvió en favor del IFT y decidió no amparar ni proteger a las filiales y subsidiarias de Grupo Televisa cuyas sentencias resuelven sobreseer y no amparar ni proteger a las quejosas.

“La Juez de Distrito consideró que el IFT fundó y motivó debidamente la resolución de preponderancia, y que la determinación asumida por este órgano regulador de tomar en cuenta para dicha declaratoria sólo al sector de televisión y no al de radio cumple con los fines que prevé el decreto de reformas constitucionales”, informó el órgano regulador.

Además, considera que la exclusión que se hizo de los permisionarios de radiodifusión se encuentra justificada a cabalidad, por no ser competidores de los agentes económicos preponderantes.

La Juez de Distrito determinó que no era necesario llevar un procedimiento para emitir la declaratoria de preponderancia y otro diverso para establecer las medidas, “toda vez que el texto constitucional no hace tal diferencia”; también consideró que el hecho de que la reforma constitucional haga referencia a la declaratoria de agente económico preponderante en específico, “no implica que no pueda observarse bajo la modalidad de Grupo de Interés Económico”.

“Las resoluciones dictadas por la Juez constituyen determinaciones en primera instancia, por lo que las empresas inconformes tienen la posibilidad de interponer un recurso de revisión ante los Tribunales Colegiados Especializados”, finalizó el Instituto.

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